Ley General Discapacidad
CONTRATOS PARA LA ADQUISICIÓN DE PRODUCTOS O SERVICIOS AJENOS A LA ACTIVIDAD PRINCIPAL DE LA EMPRESA A TRAVÉS DE UN CENTRO ESPECIAL DE EMPLEO
Para facilitar la integración laboral de las personas con discapacidad, las empresas con MÁS DE 50 TRABAJADORES están OBLIGADAS a reservar en su plantilla, como MÍNIMO, UN 2% DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD.
Excepcionalmente podrán quedar exentas de esta obligación siempre que se acojan a alguna de las medidas alternativas, para ello, deben contar con la autorización por parte de la Administración competente que emitirá el correspondiente Certificado de Excepcionalidad (RD 364/2005, de 8 de abril).
Una de las Medidas Alternativas es la formalización de contratos para el suministro de productos necesarios para el desarrollo de la actividad de la empresa a través de un Centro Especial de Empleo, como ENVERA.
Venta de suministros de oficina y servicios relacionados, para las EMPRESAS que tengan necesidad de cumplir con la LGD (por ser empresas de más de 50 trabajadores) con todas las garantías y legalidad exigibles en estos momentos por la administración.
Cumplimiento de la Ley y difusión de la RESPONSABILIDAD SOCIAL CORPORATIVA, mejorará la imagen de tu empresa en la sociedad mostrando vuestro compromiso.
Servicio garantizado prestado por empresas de reconocida solvencia y experiencia, con la mejor relación CALIDAD-PRECIO-SERVICIO.